El Congreso de la Unión aprobó la Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL); misma que ordena la reforma laboral aprobada en mayo pasado para que se inicie el proceso del nuevo Sistema de Justicia Laboral en el país.

La Ley Orgánica del CFCRL fue aprobada por una amplia mayoría de diputados y senadores el pasado 15 de noviembre, con lo que se sientan las bases para que este organismo opere a partir del 2020, una vez que sea promulgado por el Ejecutivo Federal.

La instauración del Centro será vital para la implementación de la democracia y libertad sindical, afirmó el subsecretario del Trabajo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Alfredo Domínguez Marrufo.

Durante un encuentro con el Consejo Nacional Laboral (Conlabor), organismo que aglutina a diversos sindicatos y federaciones sindicales del país, el subsecretario destacó que el Centro Federal responde a la reforma constitucional de 2017 y a los compromisos adoptados por México con motivo del tratado de libre comercio con Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

“Este organismo es la respuesta de México a instaurar un organismo público federal descentralizado, con autonomía de gestión, de decisión y presupuestal, que recibirá todos los Contratos Colectivos que están actualmente en todas las Juntas de Conciliación y Arbitraje, locales y federales, así como todos los registros de los sindicatos y tomas de nota”, explicó.

De acuerdo con los artículos transitorios que se aprobaron en la reforma laboral, se estableció un plazo de 180 días hábiles para la aprobación de la Ley Orgánica, por lo que la votación que los legisladores realizaron el pasado se logra antes del plazo definido.

El CFCRL trabajará como un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, plena autonomía técnica, operativa, presupuestaria, de decisión y de gestión. Aunque tendrá como sede la Ciudad de México, arrancará actividades a través de 10 entidades federativas.

Cabe destacar que al federalizarse el registro de sindicatos y el depósito de contratos colectivos y sus convenios de revisión estás funciones ya no podrán ser ejercidas ni por las Juntas de Conciliación y Arbitraje ni por la STPS, “alcanzando así un estándar internacional al contar con un órgano con independencia necesaria que pueda actuar con absoluta imparcialidad para dar o negar un registro en términos estrictamente legales, así como para dar o negar una toma de nota o el depósito de un Contrato Colectivo y esa es precisamente la labor que tendrá el organismo”, abundó Marrufo.

Asimismo, el Centro tendrá la labor conciliadora a nivel federal, colectiva e individual, y la ley también le asigna que verifique los procesos de democracia sindical, y “se le quitan al gobierno federal y a los gobiernos de los estados la facultad de actuar de manera discrecional, arbitraria o bajo consignas de carácter político en torno a la vida sindical, y que todo sea apegado estrictamente a la ley”, expuso.