Voluntad anticipada, garantía del derecho a vivir y al bien morir
Voluntad anticipada,
garantía del derecho
a vivir y al bien morir
Por: Orlando Linares López.
Actualmente, gracias a la efectividad de las técnicas y métodos de la medicina, es posible prolongar la vida de las personas. Lamentablemente, también ocurren situaciones donde los procedimientos médicos, de manera artificial, entre agonía y sufrimiento, mantienen vivos a los pacientes; generalmente se trata de casos de enfermos terminales.
En esas circunstancias, a veces, se enfrenta el dilema de alargar la vida o prolongar la llegada de la muerte, lo cual implica decidir hasta dónde y cómo intervenir.
Decidirlo no es fácil tanto para médicos, familiares y para el propio paciente, ya que se conjugan condiciones entorno al final de una vida, el tratamiento de una enfermedad, el respeto a la persona, la protección de sus derechos y garantizar la dignidad humana.
Una manera de asegurar los derechos fundamentales de los pacientes, tanto a la vida como al bien morir, es la expresión de la Voluntad Anticipada, proceso que busca generar las condiciones necesarias para que ocurra en los mejores términos.
De acuerdo con la legislación aplicable, la Voluntad Anticipada, es el acto por el cual una persona, encontrándose en una situación de enfermedad terminal o previendo esta situación, plasma sus deseos en relación con el o los tratamientos y los cuidados de salud respectivos que quiere para sí.
Esto se expresa mediante la firma de un documento que todas las personas podemos realizar, aún sin estar en situaciones de enfermedad. Es decir, no es necesario estar enfermo o sufrir un accidente para firmar la Voluntad Anticipada.
De manera preventiva, cualquier persona mayor de edad puede expresar su voluntad y es una decisión que el firmante, si así lo decide, también puede revocar más adelante.
Entre sus propósitos la Voluntad Anticipada busca: asegurar que los pacientes en situación terminal, sean tratados como seres humanos vivos hasta el final de sus días. Respetar la voluntad y la dignidad del paciente. Darle trato humano en todo momento. Disminuir el sufrimiento. Garantizar una muerte natural en condiciones dignas.
Médicos especialistas coinciden en que una persona que enfrenta una enfermedad terminal tiene el derecho de decidir si quiere someterse o no a tratamientos médico-quirúrgicos o que solamente se le brinden cuidados paliativos.
En México -de 2008 a la fecha- 14 entidades, cuentan con una Ley de Voluntad Anticipada, con la finalidad de ayudar a que enfermos terminales decidan la continuación o no de tratamientos y cuidados de salud que prolonguen su vida.
Estadísticas del Gobierno Federal indican que desde la aprobación de primera Ley de Voluntad Anticipada (Ciudad de México, 2008) a la fecha, en todo el país, al menos 10 mil personas han firmado el documento correspondiente para plasmar su voluntad.
Entre las personas que más han expresado su voluntad por en tener una muerte digna ante alguna enfermedad terminal son: mujeres (6 de cada 10 firmantes), solteros y personas mayores, y el 60% de las solicitudes son firmadas por personas que tienen de 60 a 80 años de edad.
Adicionalmente, la mitad de las personas que optan por la Voluntad Anticipada, también decide donar sus órganos.
A la par del avance de las ciencias médicas y la innovación tecnológica que contribuyen a incrementar la esperanza de vida de los seres humanos, las leyes de Voluntades Anticipadas permiten avanzar en la consolidación de una cultura preventiva que permita, en lo más posible, mejorar la calidad de vida de personas que padecen una enfermedad terminal, disminuir afectaciones familiares y costos materiales.
