Karina Labastida Propone que Todas las Muertes Violentas de Mujeres, se Investiguen Como Probable Feminicidio

Karina Labastida Propone

que Todas las Muertes

Violentas de Mujeres,

se Investiguen Como

Probable Feminicidio

**Desde 2011 se tipifico el delito de feminicidio en Edomex, sin que se hayan llevado ajustes normativos

Toluca, México –.- La diputada Karina Labastida Sotelo señaló que las integrantes de la Comisión para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres por feminicidio y desaparición de la LXI Legislatura del Estado de México, presentaron una iniciativa para modificar el artículo 281 del Código Penal para el Estado de México, con la finalidad de homologar su contexto al “Modelo de tipo penal de feminicidio”.

Al ser entrevistada, la legisladora de Morena declaró que dicha iniciativa propone que todas las muertes violentas de una mujer, suicidio o accidente, se investiguen como probable feminicidio y con perspectiva de género. Tratándose de niñas adolescentes, además se considere la perspectiva de la niñez.

Así mismo incorporar otras modalidades de violencia a las previstas actualmente, tales como la docente, la comunitaria, la institucional, la política, digital y la mediática. Se plantea que debe acreditarse esta circunstancia, independientemente de que exista denuncia formal ante la autoridad correspondiente o no, dado que las mujeres víctimas de violencia de género, sin importar el tipo y ámbito de esta.

“La desaparición de mujeres es el preámbulo del feminicidio. Por ello, se incorpora este elemento normativo en la configuración del tipo penal”, subrayó.

En este sentido, Karina Labastida además propuso agraviar la penalidad del delito de feminicidio cuando el sujeto se haya valido del oficio como conductor de un vehículo de transporte de pasajeros, público o privado, para la comisión del feminicidio. De igual manera si el sujeto tiene la calidad de servidor público, tenga el deber de cuidado sobre la víctima, haya obligado a la victima a ejercer la prostitución o haya ejercido en contra de ella actos de explotación o trata de personas.

“En el Estado de México, la tipificación del delito de feminicidio, se llevó a cabo el 18 de marzo de 2011. Han trascurrido más de ocho años, sin que se hayan llevado ajustes normativos que den respuesta a la creciente espiral de feminicidios cometidos anualmente” añadió.

Finalmente, la legisladora mexiquense enfatizó que las entidades federativas cuentan con la libertad de configuración legislativa, respecto de la tipificación del feminicidio, por ello en relación con la diversidad de tipos penales existentes en el país, la actual legislatura debe escuchar y acatar las recomendaciones nacionales e internacionales emitidas en la materia, así como los reclamos de la sociedad civil.